Cumpliendo lo establecido en la ultima asamblea, la comisión directiva informa
a las socios y simpatizantes del club el pedido de quiebra sobre nuestra institu-
ción:
AUTOS: “CROTONEO RICARDO DANIEL C/ C.S. DOCK SUD ASOC. CIVIL
s/ DESPIDO” (Expte. 27799/01).
Liquidación practicada por la actora en el escrito de pedido de quiebra
Capital $11.741,00.-
(Rubros indemnizatorios por antigüedad, salarios de agosto 2000 a febrero 2001, SAC proa 2do
Semestre 2000 y 1er Sementre 2001, vacaciones proporcionales no gozadas 2000 y 2001 art. 95 LCT y agravaciones art. 1 y 2 de la ley 25.323 – ver sentencia adjunta)
Intereses T. Pasiva $443,80.-
Intereses T. Activa $15.535,29.-
Multa art. 80 LCT $22.000.-
En la sentencia se condena a la demandada (CSDS) a extender y adjuntar a la causa certificación
de remuneración y servicios y cese del actor a los efectos provisionales bajo apercimiento de san
ción conminatoria pecuniaria equivalente a la suma de $ 25.- diarios a devengarse desde el vencimiento del plazo de 10 días que se otorga para su cumplimiento
TOTAL $ 49.720,56.-
Dado esta situación critica es que pedimos a todos los socios y simpatizantes que se acerquen al club a colaborar con lo que este a su alcance
Comision Directiva Club Sportivo Dock Sud
miércoles 3 de octubre de 2007
LEGALES
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